- Ley
- Reglamento de la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal
- Artículo
- 9
Artículo 9 del Reglamento de la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para ser Director del Heroico Cuerpo de Bomberos (HCBDF), no solo debes cumplir con lo que pide la ley, sino también tener el puesto de Segundo Superintendente. Esto significa que antes de llegar a Director, debes haber subido de rango dentro de los bomberos hasta ese nivel específico. El "personal operativo" se refiere a los bomberos que trabajan directamente apagando fuegos o en emergencias. En pocas palabras, solo puedes ser Director si ya eres Segundo Superintendente.
Texto oficial
Artículo 9°.- Además de los requisitos que señala la Ley, para ser Director el personal operativo del HCBDF deberá ostentar el nivel de Segundo Superintendente.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.