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Ley
Reglamento de la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal
Artículo
9

Artículo 9 del Reglamento de la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para ser Director del Heroico Cuerpo de Bomberos (HCBDF), no solo debes cumplir con lo que pide la ley, sino también tener el puesto de Segundo Superintendente. Esto significa que antes de llegar a Director, debes haber subido de rango dentro de los bomberos hasta ese nivel específico. El "personal operativo" se refiere a los bomberos que trabajan directamente apagando fuegos o en emergencias. En pocas palabras, solo puedes ser Director si ya eres Segundo Superintendente.

Texto oficial

Artículo 9°.- Además de los requisitos que señala la Ley, para ser Director el personal operativo del HCBDF deberá ostentar el nivel de Segundo Superintendente.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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