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Ley
Reglamento de la Ley de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático y Desarrollo Sustentable para el Distrito Federal
Artículo
48

Artículo 48 del Reglamento de la Ley de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático y Desarrollo Sustentable para el Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 48 dice que el gobierno de la Ciudad de México debe juntar y compartir toda la información importante sobre cómo reducir y adaptarse al cambio climático. También servirá para actualizar los planes y presupuestos que ayuden a la gente a estar más preparada frente a los efectos del clima. Además, busca que todos los chilangos entendamos y adoptemos hábitos para cuidar el medio ambiente. Cualquier dependencia de gobierno, escuela, centro de investigación, persona o empresa puede ayudar a la Secretaría a mejorar este sistema de información.

Texto oficial

Artículo 48.- El Sistema de Información que genere la Administración Pública del Distrito Federal tendrá por objeto: Compilar y difundir la información relevante que genere la Administración Pública del Distrito Federal en materia de mitigación y adaptación al cambio climático; Facilitar la integración y actualización del Programa y de los proyectos de presupuesto de adaptación para reducir la vulnerabilidad ante los efectos del cambio climático; e Impulsar la cultura de la mitigación y adaptación al cambio climático en la población del Distrito Federal. Las dependencias y entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, las instituciones de educación superior, los centros de investigación y las personas físicas o morales, públicas o privadas, podrán coadyuvar con la Secretaría en la consolidación, fortalecimiento y actualización del Sistema de Información.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático y Desarrollo Sustentable para el Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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