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Ley
Reglamento de la Ley para  la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad de la Ciudad de México
Artículo
3

Artículo 3 del Reglamento de la Ley para  la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto de las Personas con Discapacidad va a hacer un plan llamado "Programa para la Integración al Desarrollo". Este plan define las acciones del gobierno de la Ciudad de México para ayudar a las personas con discapacidad que viven, son vecinas o simplemente están de paso por la ciudad. La meta del programa es asegurar que se respeten sus derechos y mejorar su calidad de vida. Para armarlo, el Instituto puede pedir ayuda tanto a la sociedad civil como a otras áreas del gobierno. Todo esto está pensado para que las personas con discapacidad tengan las mismas oportunidades que cualquier otra persona.

Texto oficial

Artículo 3. El Programa para la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad es el instrumento mediante el cual se determinan las políticas públicas que deberá llevar a cabo la administración pública de la Ciudad de México en materia de discapacidad y será elaborado por el Instituto. El Programa tiene por objeto garantizar el reconocimiento de los derechos de las personas con discapacidad vecinas, habitantes o transeúntes de la Ciudad, así como establecer las políticas y acciones públicas para mejorar sus condiciones de vida. En la elaboración del Programa el Instituto podrá aceptar la colaboración de la Sociedad Civil y las diferentes áreas de la administración pública de la Ciudad de México. CAPÍTULO TERCERO DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley para  la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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