Reglamento de la Ley para la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad de la Ciudad de México
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Este reglamento es obligatorio para todas las personas y autoridades en la Ciudad de México. Su objetivo es explicar cómo aplicar la Ley que ayuda a que las personas con discapacidad tengan las mismas oportunidades de desarrollo. Es decir, busca que nadie quede fuera y se cumplan sus derechos.
- Art. 2Este artículo define varios términos clave para que cualquier persona entienda de qué se habla en el reglamento. Por ejemplo, "atención médica" son todos los servicios de salud, desde prevención hasta rehabilitación, que reciben las personas con discapacidad. "Espacio público" son lugares como calles, plazas y parques donde todos podemos andar. "Igualdad sustantiva" significa que, además de dar el mismo trato, se toman medidas especiales para que las personas con discapacidad tengan las mismas oportunidades que los demás. "Inclusión" es un proceso constante para que todos puedan participar y desarrollar su proyecto de vida sin importar su condición. Por último, se aclara que "Ley" y "Ley General" son las leyes de la Ciudad de México y del país que protegen a las personas con discapacidad.
- Art. 3El Instituto de las Personas con Discapacidad va a hacer un plan llamado "Programa para la Integración al Desarrollo". Este plan define las acciones del gobierno de la Ciudad de México para ayudar a las personas con discapacidad que viven, son vecinas o simplemente están de paso por la ciudad. La meta del programa es asegurar que se respeten sus derechos y mejorar su calidad de vida. Para armarlo, el Instituto puede pedir ayuda tanto a la sociedad civil como a otras áreas del gobierno. Todo esto está pensado para que las personas con discapacidad tengan las mismas oportunidades que cualquier otra persona.
- Art. 4La administración pública de la Ciudad de México tiene que usar su presupuesto para ayudar a las personas con discapacidad a integrarse completamente en la sociedad. Esto significa que deben crear y aplicar programas que les permitan ejercer sus derechos y libertades, como cualquier otra persona. Todo esto lo hacen siguiendo lo que dice la Ley General, la Ley local y este Reglamento. En pocas palabras, el gobierno debe destinar dinero y esfuerzo para que las personas con discapacidad tengan las mismas oportunidades que todos.
- Art. 5Cuando el gobierno haga planes para ayudar a las personas con discapacidad a integrarse en la sociedad, debe fijarse también en cómo esos planes afectan a otros grupos que necesitan apoyo especial. Esos planes tienen que seguir estos principios: darles las mismas oportunidades y un trato realmente igualitario, no discriminarlos, incluirlos en todo, buscar justicia social, que puedan ejercer todos sus derechos, respetar su dignidad y su diversidad, asegurar que todo sea accesible, tomar en cuenta las diferencias entre hombres y mujeres, y fomentar que participen en la comunidad.
- Art. 6Este artículo dice que el DIF de la Ciudad de México no solo debe seguir lo que ya está en la ley para ayudar a personas con discapacidad, sino también hacer esto: primero, ofrecer rehabilitación completa y llevar a las personas a la unidad de rehabilitación más cercana a su casa si es necesario. Segundo, juntar esfuerzos con otras instituciones para que no se repitan los apoyos y todo llegue bien a quien lo necesita. Tercero, hacer más campañas para que la gente conozca los servicios disponibles y crear programas en equipo con otras dependencias. Y cuarto, cumplir con lo que diga el plan de gobierno sobre el tema.
- Art. 7El gobierno de la Ciudad de México, por medio del área encargada de las cárceles, debe crear las condiciones necesarias para que las personas con discapacidad que estén detenidas o cumpliendo una condena reciban un trato digno. Esto significa que deben tener información que puedan entender fácilmente, hacer los cambios o adaptaciones que necesiten (como rampas o intérpretes) y que se respeten todos sus derechos humanos. Lo mismo aplica cuando reciben visitas, para que sus familiares o amigos también sean atendidos de manera adecuada desde que entran al centro penitenciario.
- Art. 8La Secretaría de Salud de la CDMX debe asegurarse de que las personas con discapacidad siempre puedan usar los servicios médicos, instalaciones y tener personal capacitado, incluso en emergencias. También tiene que informar al público sobre los programas de salud usando medios fáciles de entender y mantener capacitado al personal en temas como Lengua de Señas Mexicana y tecnología accesible. Además, debe ofrecer programas gratuitos para detectar y tratar discapacidades, así como enfermedades que puedan causarlas, en hospitales públicos cuando haya recursos disponibles. Tiene que revisar que los consultorios tengan instalaciones adecuadas para personas con discapacidad y, con ayuda de otras autoridades, clasificar oficialmente las discapacidades según estándares internacionales. Por último, debe cumplir con las políticas públicas del programa correspondiente.
- Art. 9Los programas de salud para personas con discapacidad deben cuidar varios aspectos importantes. Tienen que respetar tu decisión de tener o no hijos, prevenir la violencia sexual y evitar que te obliguen a esterilizarte o abortar sin tu consentimiento. También deben atender casos de abuso, evitar embarazos no deseados y enfermedades de transmisión sexual, y luchar contra la discriminación por tu orientación sexual o identidad de género. Además, los servicios de salud deben pedir tu permiso informado antes de cualquier tratamiento, ayudarte a ser lo más independiente posible en tu vida diaria y capacitarte para que puedas participar en todo lo que te interese.
- Art. 10La Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación de la CDMX tiene que hacer varias cosas para que las personas con discapacidad tengan las mismas oportunidades en la educación. Por ejemplo, debe quitar obstáculos que impidan estudiar, capacitar a los cuidadores de niños con discapacidad, y promover clases a distancia con los apoyos necesarios para que todos puedan cursar sus estudios. También tiene que conseguir materiales como libros en braille o intérpretes de Lengua de Señas, y asegurarse de que las escuelas y bibliotecas sean accesibles para cualquier persona. Además, debe proponer que se enseñen braille y lengua de señas desde la educación básica, y capacitar a los maestros para que incluyan bien a los alumnos con discapacidad.
- Art. 11La Secretaría de Trabajo de la Ciudad de México tiene varias obligaciones importantes para apoyar a las personas con discapacidad. Debe crear programas de capacitación para que puedan conseguir empleo y operar un sistema que ayude a colocarlas en trabajos formales. También tiene que hacer inspecciones en las empresas para asegurarse de que cumplan las leyes laborales y, si no lo hacen, iniciar los trámites correspondientes. Además, debe fomentar que los centros de trabajo hagan ajustes razonables (como cambios en el espacio o en las actividades) para que las personas con discapacidad puedan trabajar en igualdad de condiciones. Por último, tiene que promover que ejerzan sus derechos laborales y sindicales, y buscar que las empresas privadas las contraten.
- Art. 12Este artículo dice que todos los edificios públicos y privados, y los lugares donde se dan servicios a la gente, deben tener accesos y espacios que permitan a las personas con discapacidad entrar y moverse libremente. Para lograrlo, hay que seguir las reglas de varias leyes y reglamentos de la Ciudad de México, como la Ley de Accesibilidad, la Ley de Desarrollo Urbano y el Reglamento de Construcciones. También se deben cumplir otras normas técnicas que hablen sobre cómo diseñar los espacios. En pocas palabras, si tienes un negocio o construyes un edificio, debes asegurarte de que sea accesible para todos, incluyendo rampas, pasillos amplios y señales claras.
- Art. 13El gobierno de la Ciudad de México tiene que hacer cambios en los edificios que usa (como oficinas públicas) para que las personas con discapacidad puedan entrar y moverse sin problemas. Si necesitan obras o compras especiales para lograr esto, las diferentes áreas del gobierno deben incluirlas en su plan anual de trabajo. Además, todas las oficinas de atención al público, incluyendo las de las Alcaldías, están obligadas a tener ventanillas o espacios especiales y fáciles de usar para que las personas con discapacidad hagan sus trámites sin dificultad.
- Art. 14Cuando el gobierno de la Ciudad de México o sus Alcaldías hagan obras nuevas, deben incluir lo necesario para que las personas con discapacidad puedan usarlas de manera segura y sin problemas. Para lograrlo, tienen que seguir las leyes, políticas y recomendaciones que existan sobre accesibilidad. Además, la Secretaría de Obras y Servicios debe asegurarse de que tanto las construcciones nuevas como las remodelaciones incluyan estas medidas desde el inicio, cuando se planean, presupuestan, diseñan y construyen.
- Art. 15La Secretaría de Desarrollo Urbano de la CDMX tiene que hacer un manual con reglas técnicas para que los lugares sean accesibles para todos. Ese manual debe incluir detalles como medidas, texturas y materiales para que sea fácil hacer las adecuaciones necesarias en edificios y espacios públicos. Además, cada vez que actualicen ese manual, deben publicar guías claras en la Gaceta Oficial de la Ciudad para que todos sepan cómo hacer rutas accesibles y seguras para personas con discapacidad. Para crear estas reglas, pueden tomar en cuenta las ideas del Instituto y otras áreas del gobierno de la ciudad.
- Art. 16El artículo 16 dice que los equipos de Protección Civil de empresas o edificios deben llevar un registro de cuántas personas con discapacidad hay, dónde están y qué tipo de discapacidad tienen, para quitar obstáculos en las salidas de emergencia. También deben entrenar a esos equipos sobre los distintos tipos de discapacidad, cómo ayudar a esas personas y cuándo evacuar o dar la alarma. Además, al hacer los planes de emergencia, se deben incluir medidas para que las personas con discapacidad aprendan a protegerse solas. Para todo esto, pueden pedirle consejo al Instituto de Protección Civil.
- Art. 17Si organizas un evento en un lugar al que el público pueda entrar, tienes que seguir estas reglas para que las personas con discapacidad puedan disfrutarlo sin problemas: 1. Debes poner rutas señalizadas que les permitan entrar, moverse y salir fácilmente, incluso en emergencias. 2. Necesitas tener espacios especiales para quienes no puedan usar asientos normales y para sus cuidadores, en zonas donde se vea bien el espectáculo. 3. También tienes que reservar lugares de estacionamiento exclusivos para personas con discapacidad, con su señalización clara. 4. Debes destinar asientos preferentes donde puedan ver el evento según su tipo de discapacidad, siguiendo las reglas de construcción de la ciudad. 5. Para personas sordas, debes darles apoyos como intérpretes de Lengua de Señas Mexicana, subtítulos o imágenes que ayuden a entender. 6. Para personas ciegas, ofrece materiales en braille, audioguías o letras grandes. 7. Por último, asegúrate de tener baños accesibles según las normas técnicas y de construcción de la Ciudad de México.
- Art. 18El Instituto del que habla puede pedirle a otro (el de Seguridad de las Construcciones) que revise si los edificios viejos que son peligrosos están en buen estado. También puede pedirle a otro instituto (el de Verificación Administrativa) que cheque los lugares que no cumplan con reglas para que personas con discapacidad puedan entrar y moverse sin problemas. En pocas palabras, el Instituto tiene la facultad de solicitar revisiones de seguridad y accesibilidad.
- Art. 19Este artículo dice que si las oficinas del gobierno no tienen espacios diseñados para personas con discapacidad (como rampas o baños adaptados), los empleados públicos deben ayudarte de inmediato para que puedas entrar al lugar y hacer cualquier trámite que necesites. O sea, si llegas a una oficina y ves que no está adaptada, el personal tiene la obligación de darte apoyo rápido, como abrirte la puerta, acompañarte o buscar la manera de que hagas tu trámite sin problemas. Nadie te puede dejar plantado ni decir que no hay condiciones.
- Art. 20El artículo dice que el gobierno de la Ciudad de México y todas sus Alcaldías tienen que ir mejorando poco a poco sus materiales, como documentos, videos o páginas de internet, para que sean accesibles para las personas con discapacidad. Esto significa que deben adaptar formatos, letreros o sistemas, y así asegurarse de que todos puedan entender la información oficial, sin importar su discapacidad. La idea es que nadie se quede fuera y puedan comunicarse sin problemas con el gobierno.
- Art. 21La Secretaría de Movilidad de la CDMX tiene que cumplir con varias obligaciones para que las personas con discapacidad puedan moverse sin problemas. Por ejemplo, debe asegurarse de que el transporte público y las instalaciones (como estaciones) sean accesibles, seguros y fáciles de usar, siguiendo un orden que da prioridad a los peatones y a quienes más lo necesitan. También tiene que pedirle al Instituto de Verificación que revise que los camiones cumplan con el equipo básico que marca la ley, y proponerle al gobierno estímulos fiscales (como descuentos) para los dueños de las unidades. Además, debe capacitar a choferes y personal de seguridad para que traten bien a las personas con discapacidad, usando un lenguaje incluyente, y cada seis meses debe hacer un reporte de todo lo que ha hecho para garantizarles el derecho a la movilidad. El Manual de Equipamiento Básico, que define cómo deben ser los camiones, paradas y estaciones, debe tomar en cuenta las necesidades de los usuarios. Para armarlo, la Secretaría puede pedir ayuda a otras dependencias y al Instituto, y debe cumplir con reglas como poner pisos antiderrapantes, rampas para subir y bajar, señales táctiles y visuales (como las del sistema Braille), y sistemas de audio y pantallas que anuncien las paradas y la apertura de puertas.
- Art. 23Este artículo dice que el gobierno de la Ciudad de México, junto con el Instituto (que seguro es de personas con discapacidad), puede hacer campañas para concientizar a todos los trabajadores del transporte público. La idea es que choferes, revisores y demás personal sepan cómo tratar bien a las personas con discapacidad y respetar sus lugares especiales, como los accesos, rampas y cajones de estacionamiento. Participan varias dependencias como la Secretaría de Movilidad, la de Seguridad, el Metro, el Metrobús y otras empresas de transporte. El objetivo es que haya más inclusión y se respeten los derechos de estas personas.
- Art. 24El Metro puede pedirle consejo a un Instituto especializado para hacer más accesibles sus instalaciones para todas las personas, siguiendo un diseño que funcione para todos y haciendo cambios razonables cuando sea necesario, siempre que sea posible técnica y económicamente. En cada estación donde se necesite, se va a estudiar si es viable instalar elevadores para que las personas con discapacidad puedan entrar sin problemas. También se debe poner señalización con el Símbolo Internacional de Accesibilidad, usando materiales resistentes y colores que contrasten, como lo marca la ley. Esto quiere decir que el Metro tiene que pensar en cómo mejorar para que nadie se quede fuera, pero tomando en cuenta su presupuesto y lo que permite la operación del servicio.
- Art. 25Las autoridades encargadas del Metro tienen que asegurarse de que las entradas a las estaciones estén siempre libres y sin nada que estorbe el paso. Esto quiere decir que, como usuario, puedas entrar y salir sin problemas, sin encontrarte con puestos, objetos o personas que te impidan el acceso. Es su obligación vigilar que nadie bloquee las puertas o pasillos de entrada al Metro. En pocas palabras, buscan que la entrada a las estaciones esté despejada para que puedas transitar con toda libertad.
- Art. 26El Instituto del Deporte de la Ciudad de México y las Alcaldías tienen la obligación de pedir ayuda y seguir un programa especial para que las personas con discapacidad puedan hacer deporte y actividades físicas sin problemas. Esto significa que deben incluir sus necesidades en todos los planes deportivos, arreglar las instalaciones para que puedan entrar y moverse con seguridad, y respetar los horarios que se les asignen en los lugares de deporte. También deben promover el deporte adaptado para que sea una herramienta de inclusión y rehabilitación, y apoyar a los atletas con discapacidad de alto rendimiento dándoles acceso a instalaciones, equipo y entrenadores adecuados para competir en eventos nacionales e internacionales.
- Art. 27La Secretaría de Turismo de la Ciudad de México tiene que hacer varias cosas para que las personas con discapacidad puedan disfrutar de los eventos y lugares turísticos sin problemas. Por ejemplo, debe asegurarse de que en las visitas guiadas haya rampas, intérpretes de señas, audífonos o cualquier apoyo necesario según el tipo de discapacidad. También tiene que organizar exposiciones hechas por y para personas con discapacidad, con medidas de seguridad y accesibilidad adecuadas. Además, debe promover que puedan entrar a monumentos, teatros y otros sitios turísticos, y que los transportes públicos sean accesibles para todos. Por último, tiene que cumplir con las reglas del programa de turismo para que esto sea una realidad.
- Art. 28Este artículo dice que todas las oficinas del gobierno de la Ciudad de México deben ponerse las pilas para que las personas con discapacidad puedan acceder a la justicia sin trabas. Esto significa que, en cualquier trámite o juicio, tienen que hacer ajustes necesarios para que la persona participe de lleno, como darle más tiempo, usar lenguaje sencillo o proporcionar un intérprete. También aplica cuando alguien va a pedir una orientación o asesoría: deben adaptar la forma de dar la información para que sea entendible. Básicamente, la regla es que nadie debe quedarse fuera por no tener las herramientas adecuadas. Es como asegurarse de que todos tengan las mismas oportunidades al tratar con el gobierno.
- Art. 29El Instituto va a crear y mantener un registro de todas las personas con discapacidad en la Ciudad de México. El DIF también le va a compartir al Instituto un sistema de estadísticas con datos como el nombre de la persona, su tipo de discapacidad, qué apoyos recibe y qué servicios se le han dado. Además, se va a crear un archivo electrónico para que sea más fácil hacer trámites, sin tener que andar llevando papeles de un lado a otro. Esta ley empieza a funcionar al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial, y desde ese momento ya no sirve el reglamento anterior que se había publicado en 2006.