- Ley
- Reglamento de la Ley de Protección y Fomento al Empleo para Distrito Federal
- Artículo
- 17
Artículo 17 del Reglamento de la Ley de Protección y Fomento al Empleo para Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría te va a dar el dinero del Seguro usando una tarjeta de débito o algún otro método que sea válido según la Ley. No te preocupes, no te lo van a dar en efectivo, sino de una forma segura como una tarjeta bancaria. La idea es que puedas recibir tu beneficio sin tantas vueltas ni trámites complicados.
Texto oficial
Artículo 17.- El beneficio del Seguro será entregado por la Secretaría, a través de una tarjeta de débito u otro mecanismo que se considere pertinente conforme a la Ley. CAPÍTULO CUARTO DEL COMITÉ TÉCNICO
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.