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Ley
Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal
Artículo
238

Artículo 238 del Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que el gobierno y la sociedad deben trabajar juntos para promover la salud, pero de una manera sencilla. Primero, se tiene que enseñar a cada persona a cuidar de sí misma y a tomar decisiones sanas, como tener una buena alimentación o hacer ejercicio, para mejorar la vida de su familia y su colonia. Segundo, se debe dar educación en las escuelas y pláticas en la comunidad para que todos entiendan por qué es importante estar sanos y se involucren en cuidarse. Por último, hay que poner más atención en los lugares donde la gente pasa más tiempo, como la escuela, el trabajo y la casa, sobre todo con quienes tienen más riesgo de enfermarse, como personas con diabetes u obesidad.

Texto oficial

Artículo 238.- En materia de promoción de la salud se deberá: I. Fortalecer la responsabilidad social, la autogestión y el autocuidado de la salud, fomentando la información de estilos de vida y entornos saludables que permitan desarrollar al máximo el potencial de cada persona, propiciando condiciones que eleven la calidad de vida de las familias y de las comunidades; II. Asumir los objetivos de la educación para la salud y la promoción de la participación social, orientadas a formar conciencia y responsabilidad, así como a promover la salud integral entre la población; y III. Llevarla a cabo con énfasis en los ámbitos escolar, familiar y laboral, especialmente en los grupos de alto riesgo. CAPÍTULO XX Nutrición, Obesidad y Trastornos Alimenticios

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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