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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-ley-salud-distrito-federal/247
Ley
Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal
Artículo
247

Artículo 247 del Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Salud se encarga de vigilar y prevenir enfermedades, tanto las que se contagian (como la gripa) como las que no (como la diabetes). Esto lo hace siguiendo las reglas de la Ley General de Salud y otras leyes. En pocas palabras, su trabajo es cuidar que no se propaguen enfermedades y mantener a la población más sana.

Texto oficial

Artículo 247.- La Secretaría realizará actividades de vigilancia epidemiológica, de prevención y control de las enfermedades transmisibles y no transmisibles, establecidas en la Ley General, y en las demás disposiciones aplicables.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de Salud del Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.