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Ley
Reglamento en Materia de Relaciones Laborales del Tribunal Electoral del Distrito Federal
Artículo
64

Artículo 64 del Reglamento en Materia de Relaciones Laborales del Tribunal Electoral del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si hay dinero disponible en el presupuesto y los jefes del organismo lo aprueban en una reunión, pueden dar beneficios extra que no están en la ley. Esos beneficios, como ayudas o bonos, se entregarán según las reglas que decida el mismo grupo de autoridades. Todo depende de que haya recursos suficientes y que ellos lo autoricen.

Texto oficial

Artículo 64. En caso de existir suficiencia presupuestal y de ser así determinado por Acuerdo Plenario, se podrán otorgar prestaciones extralegales. La naturaleza, condiciones y características de las mismas, se regirán de conformidad a las disposiciones aplicables que para el efecto emita el Pleno.

Ver texto oficial del Reglamento en Materia de Relaciones Laborales del Tribunal Electoral del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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