- Ley
- Reglamento en Materia de Relaciones Laborales del Tribunal Electoral del Distrito Federal
- Artículo
- 92
Artículo 92 del Reglamento en Materia de Relaciones Laborales del Tribunal Electoral del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El servicio social solo se podrá hacer en el Tribunal si hay dinero aprobado por el Pleno (el grupo de jueces que toman decisiones) para pagar las becas a los estudiantes. Las prácticas profesionales sí se pueden hacer sin necesidad de que haya presupuesto para darles un apoyo económico; si no hay dinero, los jefes pueden pedir a Recursos Humanos que autorice las prácticas siempre y cuando el estudiante esté de acuerdo en no recibir beca. Las reglas de este reglamento empiezan a aplicarse desde el día después de que se publiquen en los estrados (los anuncios oficiales del Tribunal). También se cancelan varios documentos anteriores, como el Manual de Recursos Humanos y los Lineamientos de Asistencia, para que solo cuente lo que dice este nuevo reglamento. Cualquier otra regla que vaya en contra de esto queda sin efecto. Los trámites que ya empezaron antes deben terminarse con las reglas viejas que estaban vigentes en ese momento.
Texto oficial
Artículo 92. La prestación del servicio social en el Tribunal sólo será factible si se cuenta con suficiencia presupuestal, aprobada por el Pleno, para cubrir las becas que como apoyos económicos se proporcionan a los interesados. Las prácticas profesionales pueden llevarse a cabo con o sin apoyos económicos presupuestales. En caso de no contar con suficiencia presupuestal, las y los titulares de los órganos y áreas podrán iniciar el trámite ante la Dirección de Recursos Humanos con la conformidad de la o del estudiante interesado/a en realizar sus prácticas en el Tribunal sin recibir una beca. TRANSITORIOS PRIMERO. El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en los Estrados del Tribunal. SEGUNDO. Se abroga el Manual Administrativo en Materia de Recursos Humanos del Tribunal Electoral del Distrito Federal, aprobado el 15 de julio de 2008, mediante acuerdo plenario 034/2008 y reformado el 5 de noviembre de 2008 y el 17 de febrero de 2009, mediante los acuerdos plenarios 048/2008 y 013/2009, respectivamente. TERCERO. Se abrogan los Lineamientos para el Registro y Control de Asistencia del Personal del Tribunal Electoral del Distrito Federal, aprobados el 23 de octubre de 2007, mediante acuerdo plenario 081/2007 y reformados el 3 de diciembre de 2008 mediante el acuerdo plenario 051/2008. CUARTO. Se derogan todas aquellas disposiciones que contravengan lo dispuesto en el presente Reglamento. QUINTO. Los procedimientos jurisdiccionales que se hayan iniciado durante la vigencia del Reglamento Interior del Tribunal Electoral del Distrito Federal, deberán concluirse aplicando dicho ordenamiento, en lo que corresponda. SEXTO. Publíquese en la Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal, en los estrados y en el sitio de Internet del Tribunal. Erika Estrada Ruiz, Secretaria Técnica de la Secretaría General del Tribunal Electoral del Distrito Federal. C E R T I F I C A: Que el presente documento constante de trece fojas útiles, con texto por anverso y reverso, incluyendo la presente, concuerda fielmente con el texto original del REGLAMENTO EN MATERIA DE RELACIONES LABORALES DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL, aprobado por el Pleno del Tribunal Electoral del Distrito Federal el once de octubre del año en curso. Lo que certifico en ejercicio de la facultad prevista en el artículo 31, fracción IV del Reglamento Interior del Tribunal Electoral del Distrito Federal, para ser publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, en cumplimiento al artículo transitorio SEXTO de la normatividad interna en cita. México, Distrito Federal, a veintisiete de octubre de dos mil once. DOY FE. ATENTAMENTE (Firma) LIC. ERIKA ESTRADA RUIZ SECRETARIA TÉCNICA DE LA SECRETARÍA GENERAL TRANSITORIOS DEL DECRETO POR EL QUE SE REFORMA AL REGLAMENTO EN MATERIA DE RELACIONES LABORALES DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 28 DE ENERO DE 2014. PRIMERO. La reforma al presente Reglamento entrará en vigor al momento de su aprobación por el Pleno del Tribunal. SEGUNDO. Publíquese esta reforma en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, así como en los estrados y en el sitio de Internet del Tribunal. Rubén Geraldo Venegas, Secretario General del Tribunal Electoral del Distrito Federal. C E R T I F I C A: Que el presente documento constante de tres fojas útiles (incluyendo la presente), con texto por anverso y reverso, foliado, rubricado y entresellado; concuerda fielmente con el texto original de la “REFORMA AL REGLAMENTO EN MATERIA DE RELACIONES LABORALES DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL”, aprobada por el Pleno de este Órgano Jurisdiccional, en Reunión Privada celebrada el dieciséis de enero del año en curso. Lo que certifico en ejercicio de la atribución prevista en los artículos 167, fracciones XI y XIV del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal, y 29, fracción XV del Reglamento Interior de este Tribunal, para ser publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, en cumplimiento al artículo SEGUNDO transitorio del documento en cita. México, Distrito Federal, a veinte de enero de dos mil catorce. DOY FE. (Firma) RUBÉN GERALDO VENEGAS SECRETARIO GENERAL DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL TRANSITORIOS DEL DECRETO POR EL QUE SE REFORMA AL REGLAMENTO EN MATERIA DE RELACIONES LABORALES DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 05 DE JUNIO DE 2014. PRIMERO. La reforma al presente Reglamento entrará en vigor al momento de su aprobación por el Pleno del Tribunal. SEGUNDO. Publíquese esta reforma en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, así como en los estrados y en el sitio de Internet del Tribunal. Rubén Geraldo Venegas, Secretario General del Tribunal Electoral del Distrito Federal. C E R T I F I C A: Que el presente documento constante de una foja útil (incluyendo la presente), con texto solo por el anverso, foliado, rubricado y entresellado; concuerda fielmente con el texto original de la “REFORMA AL REGLAMENTO EN MATERIA DE RELACIONES LABORALES DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL”, aprobada por el Pleno de este Órgano Jurisdiccional, en Reunión Privada celebrada el veintiocho de mayo del año en curso. Lo que certifico en ejercicio de la atribución prevista en los artículos 167, fracciones XI y XIV del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal, y 29, fracción XV del Reglamento Interior de este Tribunal, para ser publicada en Gaceta Oficial del Distrito Federal, en cumplimiento al artículo SEGUNDO transitorio del documento en cita. México, Distrito Federal, a veintinueve de mayo de dos mil catorce. DOY FE (Firma) RUBÉN GERALDO VENEGAS SECRETARIO GENERAL DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL TRANSITORIOS DEL DECRETO POR EL QUE SE REFORMA AL REGLAMENTO EN MATERIA DE RELACIONES LABORALES DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DE LA DISTRITO FEDERAL EL 10 DE OCTUBRE DE 2014. PRIMERO. La reforma al presente Reglamento entrará en vigor al momento de su aprobación por el Pleno del Tribunal. SEGUNDO. Publíquese esta reforma en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, así como en los estrados y en el sitio de Internet del Tribunal. Rubén Geraldo Venegas, Secretario General del Tribunal Electoral del Distrito Federal. C E R T I F I C A: Que el presente documento constante de tres fojas útiles (incluyendo la presente), con texto por el anverso y reverso, foliado, rubricado y entresellado; concuerda fielmente con el texto original de la “REFORMA AL REGLAMENTO EN MATERIA DE RELACIONES LABORALES DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL”, aprobada por el Pleno de este Órgano Jurisdiccional, en Reunión Privada celebrada el uno de octubre del año en curso. Lo que certifico en ejercicio de la atribución prevista en los artículos 167, fracciones XI y XIV del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal, y 29, fracción XV del Reglamento Interior de este Tribunal, para ser publicada en Gaceta Oficial del Distrito Federal, en cumplimiento al artículo SEGUNDO transitorio del documento en cita. México, Distrito Federal, a tres de octubre de dos mil catorce. DOY FE. (Firma) RUBÉN GERALDO VENEGAS SECRETARIO GENERAL DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL TRANSITORIOS DEL DECRETO POR EL QUE SE REFORMA AL REGLAMENTO EN MATERIA DE RELACIONES LABORALES DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO EL 05 DE FEBRERO DE 2016. PRIMERO. La reforma al presente Reglamento entrará en vigor al momento de su aprobación por el Pleno del Tribunal. SEGUNDO. Con motivo de la reforma al artículo 43 del presente Reglamento, por única ocasión, en dos mil dieciséis el día de descanso obligatorio en conmemoración del día del trabajador del Tribunal, será el doce de febrero del mismo año. TERCERO. Publíquese esta reforma en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, así como en los estrados y en el sitio de Internet del Tribunal. Bernardo Valle Monroy, Secretario General del Tribunal Electoral del Distrito Federal. C E R T I F I C A: Que el presente documento constante de una foja útil (incluyendo la presente), con texto solo por el anverso, concuerda fielmente con el texto original de la reforma al artículo 43 del Reglamento en Materia de Relaciones Laborales del Tribunal Electoral del Distrito Federal, aprobado por el Pleno de este Órgano Jurisdiccional, en Reunión Privada celebrada el tres de febrero del año en curso. Lo que certifico en ejercicio de la atribución prevista en los artículos 167, fracciones XI y XIV del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal, y 29, fracción XV del Reglamento Interior de este Tribunal, para ser publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, en cumplimiento al artículo TERCERO transitorio de la normatividad interna en cita. Ciudad de México a tres de febrero de dos mil dieciséis. DOY FE. (Firma) BERNARDO VALLE MONROY SECRETARIO GENERAL DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL
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