- Ley
- Reglamento de Operación del Comité Técnico de Administración de Documentos del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal
- Artículo
- 21
Artículo 21 del Reglamento de Operación del Comité Técnico de Administración de Documentos del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las personas que están a cargo de tres áreas clave (la de asuntos legales, la de compras y servicios, y la de personal y dinero), junto con alguien de la Contraloría Interna (que es como el supervisor de que todo se haga correctamente), van a dar consejos y guía al COTECIAD y a los grupos de apoyo. Su trabajo es asegurarse de que se sigan las reglas y leyes actuales en todo lo que hagan, cada quien en lo que le toca. En pocas palabras, son los que vigilan que no se cometan errores ni se violen las normas.
Texto oficial
Artículo 21.- Las o los titulares de las Unidades Departamentales de Coordinación de Enlace Jurídico; de Recursos Materiales y Servicios Generales y de Recursos Humanos y Financieros, así como un representante de la Contraloría Interna fungirán como asesores del COTECIAD y de los grupos de apoyo en el ámbito de su respectiva competencia y vigilarán la adecuada aplicación y cumplimiento del marco normativo vigente.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.