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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-ordenamiento-paisaje-urbano-distrito-federal/21
Ley
Reglamento para el Ordenamiento del Paisaje Urbano del Distrito Federal
Artículo
21

Artículo 21 del Reglamento para el Ordenamiento del Paisaje Urbano del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo simplemente dice que se cancela o elimina de la ley, y que ya no tiene ningún efecto. Algo que antes estaba vigente, ahora ya no sirve para nada legalmente. En pocas palabras, es como si hubieran borrado ese artículo del libro de leyes.

Texto oficial

Artículo 21.- Se deroga.

Ver texto oficial del Reglamento para el Ordenamiento del Paisaje Urbano del Distrito Federal (pág. 7) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.