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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-ordenamiento-paisaje-urbano-distrito-federal/31
Ley
Reglamento para el Ordenamiento del Paisaje Urbano del Distrito Federal
Artículo
31

Artículo 31 del Reglamento para el Ordenamiento del Paisaje Urbano del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Se deroga significa que este artículo ya no es válido, quedó sin efecto. Ya no debes tomarlo en cuenta para nada legal o práctico. Es como si esa regla nunca hubiera existido a partir de la fecha en que se eliminó.

Texto oficial

Artículo 31.- Se deroga.

Ver texto oficial del Reglamento para el Ordenamiento del Paisaje Urbano del Distrito Federal (pág. 7) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.