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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-ordenamiento-paisaje-urbano-distrito-federal/36
Ley
Reglamento para el Ordenamiento del Paisaje Urbano del Distrito Federal
Artículo
36

Artículo 36 del Reglamento para el Ordenamiento del Paisaje Urbano del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 36 fue eliminado de la ley, ya no existe ni tiene validez. Esto significa que ya no debes tomarlo en cuenta para nada, porque la autoridad ya no lo aplica. Fue borrado oficialmente, como cuando se cancela un permiso o una regla que ya no sirve.

Texto oficial

Artículo 36.- Se deroga.

Ver texto oficial del Reglamento para el Ordenamiento del Paisaje Urbano del Distrito Federal (pág. 7) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.