- Ley
- Reglamento de Sesiones del Consejo General y Comisiones del Instituto Electoral del Distrito Federal
- Artículo
- 28
Artículo 28 del Reglamento de Sesiones del Consejo General y Comisiones del Instituto Electoral del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si en la junta hay un tema que tiene varias partes, cualquier miembro del Consejo puede pedir que se discuta una de esas partes por separado. Esto aplica solo si el tema ya está en la lista de asuntos a tratar. Cuando se separe esa parte, se seguirá lo que dice el artículo 32 de este reglamento.
Texto oficial
Artículo 28. En el caso de que un punto del orden del día aprobado este integrado con varios apartados, cuando se aborde el mismo, cualquiera de las personas integrantes del Consejo General podrá solicitar se separe para su discusión en lo particular uno o más apartados, observándose en cada caso lo establecido en el artículo 32 del presente Reglamento.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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