- Ley
- Reglamento para Terminales Interiores de Carga
- Artículo
- 18
Artículo 18 del Reglamento para Terminales Interiores de Carga
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando ya se haya comprobado que alguien cometió una infracción, la Secretaría (la autoridad encargada) va a emitir su decisión final sobre el caso. Esa decisión se le hará saber a la persona que cometió la falta mediante una notificación oficial, para que esté enterado de lo que se resolvió. En pocas palabras, una vez que se confirma que hiciste algo mal, te notificarán cuál es el castigo o medida que te toca.
Texto oficial
Artículo 18.- Comprobadas que fueren las infracciones cometidas, la Secretaría dictará la resolución que corresponda, la cual será notificada al infractor.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.