- Ley
- Reglamento para los Trabajadores No Asalariados del Distrito Federal
- Artículo
- 14
Artículo 14 del Reglamento para los Trabajadores No Asalariados del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Imagina que hay más personas queriendo trabajar que empleos disponibles en un oficio. En ese caso, la Dirección General de Trabajo (una dependencia del gobierno) puede dejar de dar nuevos permisos de trabajo por un tiempo, pero primero debe preguntarle al sindicato más grande o principal del oficio. Esto aplica para trabajadores que no tienen un salario fijo, como los que trabajan por su cuenta o por proyecto. La idea es evitar que haya demasiada gente compitiendo por los mismos servicios.
Texto oficial
Artículo 14.- Cuando exista desequilibrio entre el número de trabajadores y la demanda de sus servicios por parte del público, la Dirección General de Trabajo y Previsión Social, escuchando la opinión de la Unión mayoritaria, podrá suspender temporalmente la expedición de licencias. CAPITULO III De las Asociaciones de los trabajadores no Asalariados
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