- Ley
- Reglamento de Uniformes, Condecoraciones, Insignias, Divisas y Equipo de la Policía de Proximidad de la Ciudad de México
- Artículo
- 20
Artículo 20 del Reglamento de Uniformes, Condecoraciones, Insignias, Divisas y Equipo de la Policía de Proximidad de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Artículo 20 dice que habrá un manual donde se definirá cómo deben ser las condecoraciones, insignias, divisas (como los rangos), el gafete de identificación y el escudo de la Secretaría, además del emblema de la Policía de Proximidad. Ese manual va a indicar el diseño, tamaño, materiales y el lugar exacto donde se colocan en el uniforme. Básicamente, es para que todos los elementos que distinguen a un policía estén estandarizados y se vean iguales en todos los uniformes.
Texto oficial
Artículo 20. El Manual establecerá el diseño, características, dimensiones, materiales y ubicación en el uniforme de las condecoraciones, insignias, divisas, gafete de identificación personal, así como del escudo oficial de la Secretaría, como el emblema de la Policía de Proximidad de la Ciudad de México.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.