- Ley
- Reglamento de Uniformes, Condecoraciones, Insignias, Divisas y Equipo de la Policía de Proximidad de la Ciudad de México
- Artículo
- 6
Artículo 6 del Reglamento de Uniformes, Condecoraciones, Insignias, Divisas y Equipo de la Policía de Proximidad de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Manual debe incluir un formato de fichas técnicas (es decir, un documento con los datos exactos de cada cosa que se necesite). Ese formato servirá para que la Oficialía Mayor (la oficina encargada de los trámites y compras) pueda gestionar la compra o fabricación de uniformes, medallas, gafetes, escudos y demás equipo para los policías de proximidad y el personal autorizado. En pocas palabras, el artículo dice que el Manual debe traer las instrucciones claras para que la oficina pueda conseguir todo lo que los policías usan en su trabajo.
Texto oficial
Artículo 6. El Manual deberá contener el formato de fichas técnicas con las especificaciones requeridas para que la Oficialía Mayor de la Secretaría, en el ámbito de sus atribuciones, realice los trámites administrativos necesarios para la adquisición y/o fabricación de uniformes, condecoraciones, insignias, divisas, medallas, gafetes, escudos y equipo complementario para uso de la policía de proximidad y personal habilitado.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.