- Ley
- Reglamento para el Uso y Preservación del Bosque de Chapultepec
- Artículo
- 12
Artículo 12 del Reglamento para el Uso y Preservación del Bosque de Chapultepec
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
No puedes prender fogatas ni usar hornillas de ningún tipo en las tres secciones del Bosque, a menos que sea en las áreas especiales que están hechas para eso. Esas áreas solo están en la 3a. Sección. Así que si quieres hacer una fogata o cocinar con leña o carbón, solo puedes hacerlo en esos lugares autorizados. Esto es para cuidar el bosque y evitar incendios.
Texto oficial
Artículo 12.- Se prohibe encender fogatas y hornillas de cualquier tipo en las tres secciones del Bosque, a excepción de las instalaciones expresamente destinadas para ello, mismas que se localizan en la 3a. Sección.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.