- Ley
- Reglamento para el Uso y Preservación del Parque Cultural y Recreativo Desierto de los Leones
- Artículo
- 10
Artículo 10 del Reglamento para el Uso y Preservación del Parque Cultural y Recreativo Desierto de los Leones
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los guardias del parque tienen varias obligaciones que cumplir. Su trabajo principal es cuidar y proteger el parque para que esté en buenas condiciones. También deben vigilar que los visitantes cumplan con las reglas que vienen en los artículos 14 y 19 de este reglamento. Además, tienen que informar a la gente sobre las actividades, lugares y zonas de interés que hay en el parque. Finalmente, deben seguir las instrucciones que les dé la Delegación a través del Administrador y hacer cualquier otra tarea que les corresponda según su puesto.
Texto oficial
Artículo 10.- Los Guardias del Parque tendrán las siguientes obligaciones: I.- Resguardar el Parque; REGLAMENTO PARA EL USO Y PRESERVACIÓN DEL PARQUE CULTURAL Y RECREATIVO DESIERTO DE LOS LEONES CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES II.- Vigilar y supervisar el cumplimiento de las obligaciones previstas en los artículos 14 y 19 de este Reglamento; III.- Informar y orientar sobre las diversas actividades, sitios y zonas de interés para los usuarios; IV.- Preservar y proteger los recursos naturales del Parque; V.- Acatar las instrucciones que emita la Delegación por conducto del Administrador, y VI.- Las demás que en razón de sus funciones le correspondan. CAPITULO VI DEL USO Y PRESERVACION DEL PARQUE
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.