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Ley
Reglamento para el Uso y Preservación del Parque Cultural y Recreativo Desierto de los Leones
Artículo
18

Artículo 18 del Reglamento para el Uso y Preservación del Parque Cultural y Recreativo Desierto de los Leones

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para vender en el Parque, la Delegación te dará permiso si cumples estos requisitos: llenar un formulario oficial con datos verdaderos, ser mexicano, tener más de 16 años, presentar tarjeta de salud y licencia sanitaria si las necesitas, dar tres fotos tamaño infantil tuyas y de tus empleados, y no haber tenido antes un registro para comerciar ahí.

Texto oficial

Artículo 18.- Sin perjuicio de lo dispuesto en los ordenamientos aplicables, la Delegación otorgará la autorización correspondiente para ejercer el comercio a que se refiere el artículo anterior, a los interesados que satisfagan los siguientes requisitos: I.- Presentar solicitud en las formas aprobadas al efecto, consignando con veracidad los datos que en ella se indiquen; II.- Ser de nacionalidad mexicana; III.- Ser mayor de 16 años; IV.- Presentar tarjeta de salud y licencia sanitaria cuando se trate de comerciantes que para el ejercicio de sus actividades requieran de ella; V.- Entregar tres fotografías del solicitante, y de sus dependientes o empleados, de 3.5 cm. por 4.5 de frente y sin retoque, y VI.- No haber obtenido anteriormente cédula de empadronamiento para ejercer el comercio dentro del Parque.

Ver texto oficial del Reglamento para el Uso y Preservación del Parque Cultural y Recreativo Desierto de los Leones (pág. 6) ↗

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