Artículo 151 del REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 151 dice que hay tres tipos de acciones (como sismos o vientos) según cuánto tiempo duran afectando al máximo a una construcción. Esos tipos están detallados en las Normas, que son las reglas técnicas que debes seguir. En otras palabras, se clasifican por si el esfuerzo más fuerte dura poquito, un rato o mucho tiempo. Esto sirve para que los ingenieros sepan cómo diseñar edificios o casas de manera segura.
Texto oficial
ARTÍCULO 151.- Se considerarán tres categorías de acciones, de acuerdo con la duración en que obren sobre las estructuras con su intensidad máxima, las cuales están contenidas en las Normas correspondientes.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.