Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 44 del REGLAMENTO PARA EL CONTROL DE ESTACIONAMIENTO EN VÍA PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría puede cancelarte el Permiso para Residentes si pasa cualquiera de estas cosas: 1. Que la información que diste sea falsa. 2. Que uses el permiso en un carro diferente al que registraste. 3. Que saques dinero o ganancias indebidas gracias al permiso. 4. Que tú u otra persona usen el permiso para algo que no estaba autorizado. 5. Que causes bloqueos o estorbes en los parquímetros o en la calle. 6. Que el carro tenga deudas de tenencia, refrendo o multas de tránsito. Además, si la Secretaría encuentra alguna de estas irregularidades, puede avisar a otras autoridades, y la cancelación del permiso no quita que te pongan otras multas o sanciones.

Texto oficial

Artículo 44. La Secretaría podrá revocar el Permiso para residentes por las siguientes causas: I. Si como resultado de la visita de reconocimiento se desprende que la información presentada por el particular es falsa o no corresponde con lo manifestado en su solicitud; II. El permiso sea utilizado para un vehículo diverso al autorizado; III. Se detecte que el residente obtiene un lucro indebido con motivo del permiso otorgado; IV. Se detecte que el titular del permiso u otra persona lo utiliza de forma distinta a la autorizada; V. El titular del permiso ocasione interrupción u obstaculización de Parquímetros o de la vía pública; VI. Se detecte que el vehículo registrado tiene adeudos por impuesto sobre tenencia o uso de vehículos, derechos de refrendo o multas por infringir el Reglamento de Tránsito. En caso de identificar alguna situación irregular relacionada con los supuestos antes mencionados, la Secretaría dará aviso a las autoridades competentes, por lo que la revocación del permiso será con independencia de las sanciones que éstas pudieran imponer.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 24) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.