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Artículo 104 de la LEY DE LA SALA CONSTITUCIONAL DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 36 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que se elimina o cancela una ley o regla que existía antes. Cuando una ley se deroga, deja de tener efecto, como si ya no existiera para nadie. Es como cuando borras un permiso o una regla que ya no sirve. Esto aplica desde el momento en que la nueva ley empieza a funcionar.

Texto oficial

Artículo 104.- Se deroga

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.