Artículo 109 de la LEY DE LA SALA CONSTITUCIONAL DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 36 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Artículo 109 ya no está vigente, así que ya no tienes que cumplir con lo que decía. "Derogar" significa que una ley o artículo se cancela oficialmente y deja de tener efecto. En términos simples, esta línea solo indica que se borra ese artículo del libro de leyes.
Texto oficial
Artículo 109.- Se deroga
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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