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Artículo 113 de la LEY DE LA SALA CONSTITUCIONAL DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 36 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo que mencionas solo dice que se deroga, es decir, que se elimina o cancela una ley o parte de ella. No explica nada más, solo indica que ya no es válida a partir de cierto momento. En pocas palabras, ese artículo no tiene efecto legal porque fue quitado.

Texto oficial

Artículo 113.-Se deroga

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.