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Artículo 118 de la LEY DE LA SALA CONSTITUCIONAL DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 36 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Se deroga significa que ese Artículo 118 ya no es válido, como si lo hubieran borrado de la ley. Desde que se publicó el cambio, ya no se aplica para nada ni a nadie. Es como cuando deja de existir una regla que antes tenías que seguir.

Texto oficial

Artículo 118.-Se deroga

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

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