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Artículo 74 de la LEY DE LA SALA CONSTITUCIONAL DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 36 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 74 simplemente dice que ya no es válido, que se elimina de la ley. Cuando una ley dice que "se deroga", significa que ese artículo deja de tener efecto, como si lo borraran. En otras palabras, ya no debes preocuparte por lo que decía ese artículo porque ya no aplica para nada.

Texto oficial

Artículo 74.-Se deroga

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.