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Artículo 81 de la LEY DE LA SALA CONSTITUCIONAL DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 36 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo solo dice que se deroga, o sea, que se elimina o anula una ley o parte de ella que existía antes. Cuando algo se deroga, ya no tiene validez ni se aplica, como si lo borraran del sistema legal. Esto significa que ya no debes cumplir con lo que esa ley decía. En pocas palabras, el artículo 81 hace que otra regla deje de existir.

Texto oficial

Artículo 81.-Se deroga

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.