Artículo 94 de la LEY DE LA SALA CONSTITUCIONAL DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 36 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Artículo 94 queda eliminado de la ley, ya no existe ni tiene validez. Cuando una ley "deroga" un artículo, significa que lo borra por completo y ya no se puede aplicar. Es como si ese artículo nunca hubiera estado en el documento legal.
Texto oficial
Artículo 94.-Se deroga
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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