Artículo 6 de la LEY DE ADQUISICIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que la Contraloría, la Secretaría de Desarrollo Económico y la Oficialía pueden aclarar cómo se aplica esta ley en trámites diarios, usando reglas lógicas, de redacción y de propósito. La Secretaría también puede explicar las partes que hablan sobre cómo planear, presupuestar y gastar en compras, rentas de muebles y servicios. Si alguna dependencia necesita ayuda para entender la ley o su reglamento, puede pedir una opinión a estas oficinas, y ellas deben responder en máximo 15 días. La Oficialía debe hacer un catálogo en internet con los bienes y servicios más comunes que usa el gobierno de la Ciudad de México, dando prioridad a los que menos dañen el ambiente. Si alguien quiere comprar o rentar algo que no esté en ese catálogo, necesita pedir permiso a la Oficialía y explicar por qué lo necesita.
Texto oficial
Artículo 6º.- La Contraloría, la Secretaría de Desarrollo Económico y la Oficialía, en el ámbito de sus respectivas competencias, están facultadas para la interpretación de esta Ley para efectos administrativos, atendiendo los criterios sistemático, gramatical y funcional. La Secretaría podrá interpretar disposiciones de esta Ley que regulen las acciones relativas a la programación, presupuestación y gasto de adquisiciones, arrendamientos de bienes muebles y prestación de servicios de cualquier naturaleza. Las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades podrán solicitar a las dependencias a que se refiere el párrafo anterior, que emita opinión en su respectivo ámbito de competencia, sobre la interpretación y aplicación de esta Ley, su Reglamento y demás disposiciones relativas, las que deberán emitirla dentro de los 15 días siguientes a la entrega de la solicitud respectiva. La Oficialía elaborará el catálogo de Precios de Bienes y Servicios de Uso Común, que contendrá el listado de los bienes y servicios de mayor consumo o uso generalizado por parte de las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, el cual servirá como referencia para la elaboración del sondeo de mercado. Los bienes y servicios del catalogo deberán cumplir con el menor grado de impacto ambiental. El catalogo se actualizará permanentemente y se establecerá en medios electrónicos en el portal principal de la Oficialía para su consulta. Las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades que requieran contratar la adquisición o arrendamiento de bienes y servicios con características diferentes a las previstas en el catálogo, deberán requerir autorización de la Oficialía, justificando la necesidad de esta circunstancia.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.