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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_12327/86
Ley
LEY DE ADQUISICIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL
Artículo
86

Artículo 86 de la LEY DE ADQUISICIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si trabajas en una dependencia del gobierno y te das cuenta de que alguien está violando esta Ley o las reglas que vienen de ella, tienes la obligación de avisar a las autoridades que correspondan. No importa si es en una oficina, una delegación o una entidad pública, debes reportarlo. La autoridad a la que le toque revisar el caso depende de lo que diga la Ley.

Texto oficial

Artículo 86. - Los servidores públicos de las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades que en el ejercicio de sus funciones tengan conocimiento de infracciones a esta Ley o a las disposiciones que de ella deriven, deberán comunicarlo a las autoridades que resulten competentes conforme a la Ley.

Ver texto oficial de la LEY DE ADQUISICIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 41) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.