Artículo 1 del REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS DEL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo establece para qué sirve este reglamento: su objetivo es poner reglas claras para todo el proceso de obras públicas en la Ciudad de México. Habla de cómo se planean, presupuestan, ejecutan y mantienen esas obras, además de los servicios y proyectos relacionados que hacen las oficinas del gobierno local. Las "dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades" son todas las distintas partes del gobierno de la ciudad, como las alcaldías y otras oficinas, que tienen que seguir estas reglas.
Texto oficial
Artículo 1º.- El objeto del presente ordenamiento es reglamentar la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, con respecto a la planeación, programación, presupuestación, gasto, ejecución, conservación, mantenimiento y control de la obra pública, los servicios relacionados con dicha obra y los proyectos integrales que lleven a cabo las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades de la Administración Pública del Distrito Federal.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.