Artículo 12 del REGLAMENTO DE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Instituto te va a decir lo que debes hacer para cumplir con la ley, y las dependencias o instituciones obligadas tienen que seguir al pie de la letra esas indicaciones. Si el Instituto emite una recomendación o una resolución, los obligados deben arreglar lo que esté mal y cumplir con lo que se les ordene. Esto es para que todos actúen conforme a la ley y no la ignoren. En pocas palabras, nadie puede hacerse el desentendido: toca acatar lo que el Instituto mande.
Texto oficial
Artículo 12. Los Entes Obligados solventarán las recomendaciones y cumplirán las resoluciones que en el ámbito de su competencia emita el Instituto para asegurar y propiciar el cumplimiento de la Ley.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.