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Ley
LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
11

Artículo 11 de la LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las autoridades ambientales de la CDMX van a trabajar junto con la sociedad y con otros niveles de gobierno (Federación, estados y municipios) para arreglar los daños al medio ambiente. Esto significa que todos van a cooperar y compartir la responsabilidad para restaurar áreas afectadas. Cada quien hará su parte según lo que le toque, pero siempre en equipo.

Texto oficial

Artículo 11.- Las autoridades ambientales de la Ciudad de México, promoverán y aplicarán acciones correctivas para restaurar el ambiente en forma coordinada, concertada, y corresponsable con la sociedad, así como con la Federación, las Entidades Federativas y los Municipios, en el ámbito de sus respectivas atribuciones.

Ver texto oficial de la LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 15) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.