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Ley
LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
16

Artículo 16 de la LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Medio Ambiente va a crear un plan llamado Programa Sectorial Ambiental, que es como una guía para cuidar el medio ambiente en la Ciudad de México. Para hacerlo, cambiarlo o actualizarlo, primero lo va a dar a conocer a la gente, va a pedir opiniones y va a permitir que los ciudadanos participen, siguiendo las reglas de otra ley ya existente. Ese programa incluye las acciones más importantes para aplicar las reglas ambientales de la ciudad y junta lo que hacen diferentes dependencias. En pocas palabras, buscan que todos los sectores trabajen juntos y que tú puedas opinar sobre cómo proteger el ambiente.

Texto oficial

Artículo 16.- La Secretaría formulará, en coordinación con las diferentes instancias involucradas en las acciones de protección ambiental, el Programa Sectorial Ambiental, y lo someterá, en sus etapas de formulación, modificación y actualización, a un periodo de difusión, consulta y participación ciudadana, lo anterior, en términos de la Ley del Sistema de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México. El programa contendrá las estrategias y acciones prioritarias para la ejecución de la política ambiental de la Ciudad de México, e integrará las acciones de los diferentes sectores. SECCIÓN SEGUNDA. DE LOS PROGRAMAS ESPECIALES AMBIENTALES.

Ver texto oficial de la LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 16) ↗

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