Artículo 174 de la LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada del medio ambiente) va a incluir en sus planes las acciones necesarias para evitar que haya incendios en los bosques, y si llegan a pasar, también para apagarlos y controlarlos. Esto quiere decir que el gobierno se va a encargar de tener listos los recursos, la gente y las estrategias para proteger los montes y selvas del país. En pocas palabras, deben prevenir los incendios y, si ya empezaron, combatirlos.
Texto oficial
Artículo 174.- La Secretaría establecerá en los programas respectivos, las medidas necesarias para prevenir y, en su caso, combatir, los incendios forestales.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.