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Artículo 191 de la LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que, al hacer planes para evitar o controlar la contaminación y reparar la naturaleza, se deben tomar en cuenta dos puntos. Primero, hay que considerar diferentes formas de solucionar el problema, viendo cómo afectan al ambiente, a la economía de la gente y a su cultura, para elegir la mejor tecnología posible. Segundo, también hay que analizar las opciones del proyecto de restauración, viendo tanto los beneficios como los daños que podría causar al medio ambiente. En pocas palabras, antes de actuar, se debe estudiar a fondo todo el panorama.

Texto oficial

Artículo 191.- Los estudios para la prevención y control de la contaminación ambiental, la restauración de los ecosistemas y sus recursos naturales, considerarán: I. Diferentes alternativas de solución en caso de afectación al ambiente y a los recursos naturales, incluyendo los factores ambientales, socioeconómicos y culturales, para garantizar la selección óptima de la tecnología aplicable; y, II. Alternativas del proyecto de restauración y sus diversos efectos tanto positivos como negativos en el ambiente y recursos naturales.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 58) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.