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Artículo 206 de la LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes un coche registrado en la Ciudad de México, tú, como dueño o persona que lo usa, tienes que pagar una cuota autorizada al Centro de Verificación cuando toque hacer la revisión. Esa tarifa la pone la Secretaría de Medio Ambiente, según las reglas del programa de verificación que esté vigente en ese momento. En pocas palabras, no puedes pasar la verificación sin antes pagar lo que cuesta el trámite.

Texto oficial

Artículo 206.- El propietario o poseedor del vehículo deberá pagar al Centro de Verificación de Emisiones Vehiculares respectivo, la tarifa autorizada por la Secretaría en los términos del programa de verificación vehicular obligatoria que en su momento se encuentre vigente para la Ciudad de México.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 62) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.