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Ley
LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
226

Artículo 226 de la LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Está prohibido echar aguas sucias (como las que salen de tu casa, un negocio o una fábrica) a ríos, lagos, lagunas o arroyos si no se han limpiado primero. No importa si el agua parece "no tan sucia", igual necesita pasar por un tratamiento para quitarle lo contaminante. Si alguien lo hace, se puede meter en problemas con la ley. La idea es proteger el agua que todos usamos.

Texto oficial

Artículo 226.- Queda prohibido descargar aguas residuales sin tratamiento, en cualquier cuerpo o corriente de agua.

Ver texto oficial de la LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 67) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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