- Ley
- LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
- Artículo
- 226
Artículo 226 de la LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Está prohibido echar aguas sucias (como las que salen de tu casa, un negocio o una fábrica) a ríos, lagos, lagunas o arroyos si no se han limpiado primero. No importa si el agua parece "no tan sucia", igual necesita pasar por un tratamiento para quitarle lo contaminante. Si alguien lo hace, se puede meter en problemas con la ley. La idea es proteger el agua que todos usamos.
Texto oficial
Artículo 226.- Queda prohibido descargar aguas residuales sin tratamiento, en cualquier cuerpo o corriente de agua.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.