Artículo 254 de la LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría, que es una dependencia del gobierno, va a emitir permisos para que negocios o personas puedan abrir centros donde se revisen las emisiones de los carros (como cuando verificas tu auto). Para eso, primero publicará una invitación en el periódico oficial del gobierno (la Gaceta Oficial) para que quien esté interesado pueda participar. En esa invitación se dirá qué requisitos necesitas cumplir, como el equipo, el personal y las condiciones que debe tener tu centro de verificación. También se especificarán las reglas para hacer la verificación y en qué lugares y cuántos centros se pueden abrir.
Texto oficial
Artículo 254.- La Secretaría, atendiendo a las necesidades de los servicios de verificación de fuentes móviles de su competencia, expedirá, previa convocatoria pública, autorizaciones a los interesados que cumplan los requisitos correspondientes. Para tal efecto, la Secretaría publicará las convocatorias en la Gaceta Oficial, en las cuales se determinarán los elementos materiales y humanos y demás condiciones que deberán reunir los interesados en obtener la autorización, para establecer y operar centros de verificación de emisiones vehiculares, las normas y procedimientos de verificación que se deberán observar, así como el número y ubicación de las instalaciones correspondientes.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.