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Artículo 265 de la LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que tú, como ciudadano, puedes participar en las decisiones sobre el medio ambiente de tu colonia o pueblo. Puedes hacerlo de manera individual, en grupo, o a través del representante de tu colonia, así como con organizaciones sociales, empresas o escuelas. El objetivo es que todos colaboremos de manera responsable para conocer y opinar sobre los programas de protección ambiental y desarrollo sustentable. También sirve para promover tus derechos relacionados con el medio ambiente y la educación ambiental.

Texto oficial

Artículo 265.- La participación ciudadana en los procesos de toma de decisiones en materia ambiental, podrá ser individual, colectiva o a través del órgano de representación ciudadana electo en cada colonia o pueblo, así como de las organizaciones sociales, civiles y empresariales e instituciones académicas, o cualquier mecanismo previsto en la Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México, y serán los medios para promover y fomentar los derechos en materia ambiental, así como la utilización de los instrumentos que garanticen la participación corresponsable de las personas a fin de que se conozca e informe de la elaboración y ejecución de los programas de protección ambiental, desarrollo sustentable y educación en materia ambiental a la sociedad.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 75) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.