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Artículo 308 de la LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si cometes una falta y antes de que te multen arreglas el problema o cumples con lo que te piden, la autoridad lo va a tomar en cuenta a tu favor. Pero es importante que tú mismo le avises a la autoridad que ya solucionaste todo. Al final, cuando decidan si aplicarte un castigo, van a ser más suaves contigo por haber actuado a tiempo.

Texto oficial

Artículo 308.- En el caso en que el infractor realice las medidas correctivas o de urgente aplicación, o subsane las irregularidades en que hubiere incurrido, previamente a la imposición de una sanción y siempre que lo haga del conocimiento de la autoridad competente, ésta considerará tal situación como atenuante al momento de dictar la resolución respectiva.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 85) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.