Artículo 308 de la LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si cometes una falta y antes de que te multen arreglas el problema o cumples con lo que te piden, la autoridad lo va a tomar en cuenta a tu favor. Pero es importante que tú mismo le avises a la autoridad que ya solucionaste todo. Al final, cuando decidan si aplicarte un castigo, van a ser más suaves contigo por haber actuado a tiempo.
Texto oficial
Artículo 308.- En el caso en que el infractor realice las medidas correctivas o de urgente aplicación, o subsane las irregularidades en que hubiere incurrido, previamente a la imposición de una sanción y siempre que lo haga del conocimiento de la autoridad competente, ésta considerará tal situación como atenuante al momento de dictar la resolución respectiva.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.