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Artículo 99 de la LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría (que es una dependencia del gobierno) va a poner en marcha programas para cuidar la naturaleza, como bosques, lagos y animales, pero solo si hay dinero disponible en el presupuesto. Para lograrlo, va a apoyar a las comunidades que vivan en zonas de conservación, dándoles incentivos económicos por ayudar a mantener el medio ambiente y fomentando actividades como la agricultura que no dañe el suelo. También va a rescatar las tradiciones y costumbres de la gente que vive ahí, para que todos tengan las mismas oportunidades, sin importar su género, y sin revelar quiénes son.

Texto oficial

Artículo 99.- La Secretaría, considerando la disponibilidad presupuestal, implementará planes y programas que tengan como objetivo conservar, proteger, restaurar y mantener los ecosistemas, agroecosistemas del suelo de conservación y las poblaciones de especies silvestres, mediante el fomento de acciones comunitarias, el incentivo por servicios socioambientales, así como fomentar las actividades productivas agropecuarias sostenibles, la agroecología y el rescate del patrimonio biocultural de los habitantes del suelo de conservación, contribuyendo al bienestar social, igualdad social y de género y justicia ambiental, reservando en todo momento la identidad de las comunidades.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 40) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.