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Artículo 76 del REGLAMENTO DE LA LEY DE ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES PARA LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que un negocio pueda cerrar de manera oficial en tu zona, primero la Alcaldía tiene que revisar que no tenga ningún problema legal o trámite pendiente. Si todo está en orden, te dan el permiso para dejar de operar sin problemas. Básicamente, antes de cerrar tu changarro, asegúrate de no deber cuentas con el gobierno local.

Texto oficial

Artículo 76. Para el trámite de cese de actividades o cierre de establecimiento mercantil de impacto zonal, una vez que la Alcaldía valide la inexistencia de algún procedimiento administrativo se procederá a su autorización.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.