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Artículo 188 del REGLAMENTO DE LA LEY DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

No te van a dar un permiso para poner anuncios en tu vehículo si el modelo del coche tiene más de diez años, contando desde el día que pides el permiso. O sea, si tu carro ya pasó de los diez años desde que salió a la venta, ni lo intentes porque no te lo van a autorizar. Esto aplica solo para los vehículos que quieras usar para publicidad.

Texto oficial

Artículo 188.- En ningún caso se otorgarán permisos publicitarios cuando el modelo del vehículo de que se trate tenga una antigüedad superior a los diez años contados a partir de la fecha de solicitud del permiso publicitario.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 75) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.