Artículo 30 del REGLAMENTO DE LA LEY DE MOVILIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los sistemas de información que haga la Secretaría van a servir como herramientas de consulta para todas las dependencias que trabajan en la movilidad y seguridad vial de la Ciudad de México. Con estos sistemas se va a poder organizar mejor la información, lo que ayudará a tomar decisiones más claras y a modernizar la planeación urbana. Además, servirán para regular y mejorar cómo se mueve la gente y los vehículos en la ciudad. En pocas palabras, es una base de datos súper útil para que las autoridades hagan bien su trabajo.
Texto oficial
Artículo 30.- Los sistemas de información desarrollados por la Secretaría serán herramientas básicas de consulta permanente para las entidades involucradas en la movilidad y seguridad vial de la Ciudad de México, que permitirán regular, fomentar y modernizar la planeación urbana, al sistematizar la información y facilitar la toma de decisiones para las diferentes áreas involucradas.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.