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Artículo 4 del REGLAMENTO INTERIOR DEL CONCEJO DE LA ALCALDÍA VENUSTIANO CARRANZA

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo es como un diccionario del reglamento de la Alcaldía Venustiano Carranza. Te explica el significado de las palabras clave que se usan en todo el documento, como que "Alcaldesa o Alcalde" es la persona que está a cargo de esa alcaldía, y "Alcaldía" se refiere a la oficina de gobierno de esa zona. Por ejemplo, "Concejal" son los integrantes del Concejo (la asamblea que toma decisiones), y "Quórum" es la cantidad de personas que deben estar presentes para que una junta sea válida (la mitad más uno). También define términos como "Bando", que es la ley más importante que puede emitir la alcaldía, y "Silla Ciudadana", que es un lugar especial para que los vecinos de la zona puedan dar su opinión durante las reuniones.

Texto oficial

ARTÍCULO 4.- Para los fines del presente Reglamento se entiende por: I. Alcaldesa o Alcalde. - Persona titular de la Alcaldía Venustiano Carranza. II. Alcaldía. - El Órgano Político- Administrativo Venustiano Carranza, con los límites y facultades previstos en la Ley. III. Asuntos públicos. - Los relacionados con el interés general, la administración de recursos públicos, así como las garantías y mecanismos de respeto de los derechos humanos, en el ámbito de competencia de las Alcaldías. IV. Bando. - Es el ordenamiento jurídico de mayor jerarquía que emite la Alcaldía a propuesta de la Alcaldesa o Alcalde y aprobado por el Concejo con arreglo a las disposiciones contenidas en la Ley Orgánica de las Alcaldías de la Ciudad de México y el presente Reglamento que rige dentro de la demarcación territorial Venustiano Carranza en su ámbito de competencia. V. Comisiones. - Órganos Colegiados de deliberación aprobados por el Pleno del Concejo. VI. Comités Especiales. - Órganos colegidos integrados por el número de concejales que resulte procedente en términos de este Reglamento, conformados a propuesta de la Alcaldesa o Alcalde y aprobados por simple mayoría de las y los concejales presentes, a fin de investigar y tratar asuntos específicos. VII. Concejal. - La persona que forma parte del Concejo de la Alcaldía. VIII. Constitución Federal. - Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. IX. Constitución Local. - Constitución Política de la Ciudad de México. X. Gaceta. - La Gaceta Oficial de la Ciudad de México. XI. Ley Orgánica. - Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México. XII. Orden del día. - Listado de asuntos a tratar, discutir y acordar en las sesiones del Concejo. XIII. Pleno. - Reunión en la que se encuentran presentes los miembros del Concejo con el propósito de deliberar sobre los asuntos contenidos en el orden del día. XIV. Quórum. - Es la mitad más uno de las y los integrantes del Concejo, Comisiones y Comités. También, es el número requerido, para que el Pleno, las Comisiones y Comités puedan sesionar y tengan validez los acuerdos tomados en dichos órganos colegiados. XV. Reglamento. - El Reglamento Interior del Concejo. XVI. Resoluciones y acuerdos. - Documento que contiene las determinaciones tomadas por las y los integrantes del Concejo. XVII. Secretaria Técnica del Concejo. - La persona Titular de la Secretaría Técnica. XVIII. Sesión del Pleno. - Reunión presencial donde convergen Alcaldesa o Alcalde y Concejales para tratar asuntos públicos vinculados a su demarcación territorial. XIX. Silla Ciudadana. - Es el lugar asignado que podrá ser ocupado por la ciudadana o ciudadano habitantes de la Alcaldía Venustiano Carranza, en los términos del presente Reglamento, y que tengan interés en algún punto específico del orden del día, con el propósito de garantizar un espacio para exponer opiniones y sugerencias, en relación únicamente a los asuntos inherentes a la demarcación territorial. Dicha figura contará con voz, pero sin voto; y XX. Unidades Administrativas. - Cada una de las áreas que conforman la estructura Orgánica de la Alcaldía.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.