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Ley
REGLAMENTO TAURINO PARA EL DISTRITO FEDERAL
Artículo
111

Artículo 111 del REGLAMENTO TAURINO PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que una decisión se apruebe en la Comisión, necesita el "sí" de más de la mitad de los miembros que estén en la reunión en ese momento. Si hay un empate en la votación, el Presidente (o quien lo esté supliendo, como el Secretario Técnico) tiene un voto extra para romperlo. Eso significa que su voto vale doble cuando nadie se pone de acuerdo. Así se evita que las decisiones queden atoradas por falta de mayoría.

Texto oficial

Artículo 111.- Los acuerdos de la Comisión se adoptarán por el voto de la mayoría de los miembros que se encuentren presentes en la deliberación del asunto en tratamiento. El Presidente o el Secretario Técnico, cuando actúe en suplencia de aquél, tendrá voto de calidad en caso de que alguna votación resulte empatada.

Ver texto oficial del REGLAMENTO TAURINO PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 23) ↗

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