Artículo 72 del REGLAMENTO TAURINO PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 72 explica cómo el público puede pedir que le den al torero partes del toro como premio, dependiendo de lo bien que lo haya hecho. Si la mayoría de la gente ondea pañuelos u objetos visibles y la estocada (el golpe final con la espada) fue correcta, el juez le da una oreja. Para dar dos orejas, el juez considera cómo fue toda la faena, desde el capote hasta la muleta, y si el toro era bravo. Si la faena fue extraordinaria y emocionante, también le dan el rabo. Cuando el toro es indultado (perdonado y no muerto), no se le puede cortar ninguna parte, y el juez solo usa pañuelos blancos o verde para mostrar el premio.
Texto oficial
Artículo 72.- Cuando la labor del matador provoque la petición de apéndices por parte del público, el Juez de Plaza los concederá, sujetándose a las reglas siguientes: I. Una oreja será otorgada cuando una visible mayoría de espectadores la solicite ondeando sus pañuelos u otro objeto visible, si la estocada se ha ejecutado correctamente; II. Dos orejas serán otorgadas, luego de tomar en cuenta las condiciones de la res lidiada, la buena dirección de lidia, la brillantez de la faena realizada, tanto con el capote como con la muleta y la ejecución de la estocada; III. Dos orejas y rabo serán otorgados si, cumplidos los requisitos de la fracción anterior, lo excepcional y emocionante de la faena y su culminación así lo ameritan, y IV. En el caso de toros indultados queda prohibido el otorgamiento de apéndices simbólicos. Para conceder una oreja, el Juez exhibirá un pañuelo blanco; para otorgar las dos, dos pañuelos blancos, y para conferir las dos orejas y el rabo, un pañuelo verde. Serán éstos los únicos apéndices que se concedan, por lo que queda prohibida cualquier otra mutilación a la res lidiada.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.